La Universidad de Deusto ha aprobado recientemente una norma oficial para la protección de datos de los estudiantes que todavía no conozco en todos sus detalles.
El caso es que este curso varios de mis alumnos han expresado inquietud y disconformidad con el uso de espacios públicos para el desarrollo de sus actividades académicas. A algunos no les gusta que sus trabajos de clase estén públicamente expuestos en internet.
El problema es que la asignatura en cuestión trata precisamente de eso: Sistemas de comunicación Web y abarca cuatro apartados:
- Redes sociales
- Microblogs (Twitter)
- Blogs (WordPress)
- Wikis (MediaWiki)
Mis argumentos son los siguientes:
- Identidad digital: No es posible ser alumno universitario y no adquirir una identidad digital. La asignatura trata de esa cuestión en cuatro ámbitos troncales de comunicación por internet.
- Reputación digital: Las prácticas contribuyen a dotar de buena reputación a la identidad digital de los alumnos.
- Datos públicos: Las prácticas no tienen que ver con información de índole privado. Tampoco se piden valoraciones personales. Se abordan únicamente temáticas curriculares. (Si en lugar de cuestiones intelectuales la formación se diera en áreas más aplicadas –como la cocina o la jardinería– el material expuesto serían platos cocinados o espacios ajardinados. ¿Se percibiría esa exposición como una amenaza a la privacidad?)
- Evaluación privada: La evaluación de los trabajos y otras valoraciones académicas se realizan de forma privada; aunque en ocasiones, se hagan comentarios o recomendaciones en el contexto de los debates suscitados
Mi duda es si la norma aprobada reconoce el derecho del alumno a que su actividad académica no sea públicamente expuesta.
Si así fuera, no solo tendría un grave problema con el diseño de la asignatura, sino incluso con su misma razón de ser.